Minimo cotizado para cobrar pensión: ¿Cuántos años hay que cotizar?

La pensión es un beneficio económico que se otorga a las personas que han cotizado durante un determinado período de tiempo. Sin embargo, ¿cuántos años hay que cotizar como mínimo para poder cobrar una pensión? En este artículo, te explicaremos los requisitos de cotización para diferentes tipos de pensiones.

Requisitos para pensión de jubilación ordinaria en el Régimen General

Para acceder a una pensión de jubilación ordinaria en el Régimen General, se requiere haber cotizado un mínimo de 15 años. Además, al menos 2 de esos años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. Esto significa que se debe tener una trayectoria de cotización continua y no interrumpida.

Pensión no contributiva de jubilación

En caso de no alcanzar los 15 años cotizados para acceder a una pensión de jubilación ordinaria, se puede optar por una pensión no contributiva de jubilación. Esta pensión está destinada a aquellas personas que no tienen recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. No se exige un período mínimo de cotización, pero sí se deben cumplir ciertos requisitos de edad y situación económica.

Jubilación anticipada voluntaria

La jubilación anticipada voluntaria se puede solicitar a partir de que falten dos años para llegar a la edad ordinaria de jubilación. Además, se exige un período mínimo de cotización de 35 años. Esto significa que se debe haber cotizado al menos 35 años para poder acceder a esta modalidad de jubilación anticipada.

Jubilación anticipada involuntaria

En caso de jubilación anticipada involuntaria, se puede acceder hasta con 4 años de anticipo de la edad ordinaria de jubilación. Para poder optar a esta modalidad, se requiere un período mínimo cotizado de 33 años. Es importante destacar que la jubilación anticipada involuntaria está sujeta a ciertas condiciones y requisitos específicos.

Prestación por incapacidad permanente parcial

La prestación por incapacidad permanente parcial se otorga a aquellas personas que han sufrido una disminución de su capacidad laboral, pero que aún pueden desempeñar ciertas actividades. Para acceder a esta prestación, se exige un mínimo de cotización de 1.800 días en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haya extinguido la incapacidad temporal.

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Incapacidad permanente total

La incapacidad permanente total se otorga a aquellas personas que han perdido la capacidad de realizar su trabajo habitual, pero que aún pueden desempeñar otras actividades laborales. Los requisitos de cotización para acceder a esta prestación varían según la edad del trabajador. Si el trabajador es menor de 31 años, se requiere haber cotizado la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 16 años y la del hecho causante. Si el trabajador tiene 31 años o más, se requiere haber cotizado un cuarto del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 20 años y la del hecho causante.

Incapacidad permanente absoluta

La incapacidad permanente absoluta se otorga a aquellas personas que han perdido la capacidad de realizar cualquier tipo de trabajo. Los requisitos de cotización son los mismos que para la incapacidad permanente total si deriva de enfermedad común en situación de alta o asimilada.

Prestación por gran invalidez

La prestación por gran invalidez se otorga a aquellas personas que, además de tener una incapacidad permanente absoluta, necesitan de la asistencia de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Los requisitos de cotización son los mismos que para la incapacidad permanente absoluta, pero con un complemento destinado a remunerar a la persona que atienda al beneficiario.

Prestación por nacimiento y cuidado del menor

La prestación por nacimiento y cuidado del menor se otorga a aquellas personas que han tenido un hijo o que se han hecho cargo del cuidado de un menor. Para acceder a esta prestación, se requiere un período mínimo de cotización que varía según la edad del trabajador. Si el trabajador tiene menos de 26 años, se requiere haber cotizado 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso. Si el trabajador ya ha cumplido los 26 años, se requiere haber cotizado 180 días a lo largo de su vida laboral.

Prestaciones por muerte y supervivencia

Las prestaciones por muerte y supervivencia se otorgan a los familiares de una persona fallecida. Para acceder a estas prestaciones, se exige un período mínimo de cotización de 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento si es debido a enfermedad común. En caso de fallecimiento debido a accidente o enfermedad profesional, no se exige un período previo de cotización.

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El mínimo cotizado para cobrar una pensión varía según el tipo de pensión. Para la jubilación ordinaria en el Régimen General se requieren 15 años de cotización, mientras que para la jubilación anticipada voluntaria se exige un mínimo de 35 años cotizados. En el caso de las prestaciones por incapacidad permanente, los requisitos de cotización varían según el grado de incapacidad. Es importante tener en cuenta que estos son solo los requisitos mínimos y que existen otros factores que pueden influir en el cálculo de la pensión.

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